Expresidente Luiz Inácio Lula da Silva podría ser excarcelado tras medida cautelar de magistrado
Un magistrado de la Corte Suprema de Brasil dictó hoy una cautelar que ordena la liberación de todos los presos condenados en segunda instancia hasta que las sentencias sean confirmadas por tribunales superiores, lo que pudiera llevar a la excarcelación del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva.
La decisión del juez Marco Aurelio Mello se apoya en un artículo de la Constitución, según el cual una pena de prisión sólo se puede comenzar a ejecutar una vez que se cumpla lo que en Brasil se conoce como “tránsito en juzgado”, que supone el fin de todo el proceso de apelaciones.
En el caso de Lula, en prisión desde el pasado abril tras haber sido condenado por corrupción a doce años en segunda instancia, aún restan dos apelaciones a tribunales superiores, por lo que la medida anunciada por el juez Mello pudiera beneficiarle, igual que a otros políticos presos por asuntos de corrupción.
En su decisión, el magistrado estableció como única excepción los casos de las personas que están en prisión preventiva, regulada por otro artículo y dictada cuando es necesario dar “garantías para el orden público, económico o conveniencia” del proceso judicial.
La cautelar fue dictada a pedido del Partido Comunista do Brasil (PCdoB), un histórico aliado de Lula, el mismo día en que la Corte Suprema inicia un receso hasta el próximo mes de febrero.
Esta misma semana, el presidente de la Corte Suprema, Antonio Dias Tóffoli, había anunciado que una vez concluido el receso será discutida una decisión que el tribunal adoptó en 2016 y permitió la ejecución de una pena a prisión después de que fuera confirmada la sentencia en segunda instancia.
Entre sus argumentos para aceptar la cautelar, Mello indicó que “la ejecución provisional de la pena produce como efecto colateral el agravamiento de la selectividad en el sistema penitenciario”, que se caracteriza por el elevado grado de hacinamiento.
Según el magistrado, “el cuadro de delincuencias de todo orden, de escándalos en el campo administrativo, que relevó una corrupción inimaginable, apenas conduce a la marcha procesal segura, observando los dictámenes constitucionales y legales”.
Añade que “bajo la óptica del peligro de la demora, debe tenerse presente la prisión o efectivo recogimiento, antes de la reclusión mayor de la sentencia condenatoria definitiva”.
Mello sostiene además que “no apenas los condenados en segunda instancia por corrupción o crímenes denominados de ‘cuello blanco’” están en prisión por haber sido hallados culpables en la segunda instancia, sino también “miles de ciudadanos acusados” de cometer otros delitos.
“Si esa temática no es urgente, desconozco otra que lo sea”, concluye la decisión dictada por el magistrado.